viernes, 12 de junio de 2009

El Artículo 33

...Por el artículo 33! Así lo decimos, en negrita y terminando en comillas.
Ya sé que es una expresión común que siempre he entendido que viene a significar algo así como: "Por que me da la gana", o bien "por mis cojones"... Pero no, no me quiero poner zafio y vulgar, no voy de eso, o por lo menos no voy aquí de eso. Paciencia que ya llegaré...
El caso es que hoy tenía pensando profundizar un poco en el triángulo ofensivo de Winter. O contar alguna anécdota que me viniera a la cabeza que pudiera al menos ser entretenida. Pero tras ver y sobre todo, oír algunos comentarios técnicos con que los "expertos" comentaristas técnicos nos enriquecen durante las retransmisiones de los partidos por TVE, O cito el artículo 33, o me sale una úlcera sangrante que acabe con mi salud. Y como quiero mucho a mi hijo, no quiero dejarlo sin padre.
La jugada fué la siguiente: Un jugador del Tau penetra desde, mas o menos, la botella, por su lado izquierdo, y defendido por un jugador del Barça. Dicho defensor que ya previamente ha establecido una posición legal de defensa se está desplazando manteniendo dicha posición legal. Para ello levanta uno o ambos pies del suelo -Y es que sin mover los pies del suelo es imposible caminar- en un movimiento lateral y hacia atrás. El atacante provoca el contacto interfiriendo en el movimiento legal del defensor contactando -para mas inri- en el torso del defensor. El contacto, por tanto es propiciado por el atacante, contactando y empujando al defensor. Los árbitros aciertan de lleno al señalar falta del atacante.
Hasta ahí todo normal, y yo sentado plácidamente en sofá de mi casa veo la repetición que confirma lo que ya se había visto en directo. Y de pronto, Don Mario Pesquera, dice algo así como: "...mmm, pues no sé yo si en el momento del contacto tiene los dos pies en el suelo". ¡Con dos cojones! Y se queda tan agusto y nadie le rebate ni dice nada. Y es que quisiera yo saber que leches tiene que ver los pies en el suelo con que un contacto provocado por el atacante sea falta en ataque.
Vamos a ver, no nos confundamos. El reglamento del baloncesto, dedica el artículo 33 a los contactos. Concretamente se llama "Contactos: principios generales". En el mismo artículo se desgranan al máximo detalle los contactos entre jugadores estableciendo diversos principios como el principio del cilindro y el principio de verticalidad entre otros. Y si repasamos el mismo, nos encontraremos con ésto:
  • El defensor puede permanecer inmóvil, saltar verticalmente, moverse lateralmente o hacia atrás para mantener su posición legal de defensa.
  • Al desplazarse para mantener la posición legal de defensa, puede levantar un instante uno o ambos pies del suelo siempre que el movimiento sea lateral o hacia atrás, pero no hacia el jugador con balón.
  • El contacto debe producirse en el torso, en cuyo caso se consideraría que el defensor ha llegado en primer lugar.
Creo que estos tres puntos lo dejan bastante claro. Señores comentaristas, retransmisores, expertos y periodistas, no confundamos los términos, luego resulta que nos confundimos, y eso no está bien. Por el artículo 33. El de los contactos claro, no el otro.

Para no ponerme negativo os presento a mi antiguo pupilo Emilio al que siempre es un placer verle jugar. Saludos.

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